Duro ‘revés’ para Trump: venezolanos enviados al CECOT podrían ser regresados a Estados Unidos, estas serían sus opciones

Luis Alfredo Ledezma
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El juez federal de distrito James Boasberg ordenó al gobierno federal facilitar el regreso de los hombres a Estados Unidos / Archivo

La disputa legal por la deportación de 137 venezolanos enviados al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT) en El Salvador dio un giro decisivo con la orden de un juez federal que obliga a la administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, a facilitar su regreso al país norteamericano o garantizarles audiencias migratorias adecuadas. 

La decisión representa un duro revés para la administración Trump, que había defendido la legalidad de su actuación bajo la Ley de Enemigos Extranjeros.  

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Se trata de una norma del siglo XVIII, utilizada históricamente en contextos de guerra. El fallo reafirma que los migrantes fueron privados del debido proceso y el Ejecutivo debe corregir esa violación. 

Los abogados de los venezolanos insistieron ante el tribunal en que el respeto al debido proceso implica permitir que sus clientes regresen de inmediato a Estados Unidos para comparecer ante un juez o, en su defecto, habilitar audiencias remotas.  

Como se reportó, en su oportunidad, los migrantes permanecieron cuatro meses recluidos en el CECOT, una megacárcel conocida por sus condiciones extremas, antes de ser enviados de vuelta a Venezuela como parte de un intercambio de prisioneros.  

Muchos han denunciado abusos físicos y psicológicos durante su detención, lo que añade urgencia a su reclamo de justicia. 

¿QUÉ COMPLICA LAS AUDIENCIAS PARA LOS VENEZOLANOS? 

El juez James Boasberg, quien ya había determinado en diciembre que la deportación fue indebida, reiteró que el Gobierno federal debe garantizar un mecanismo real para que los venezolanos puedan impugnar su expulsión. 

La orden contempla dos vías: facilitar su retorno a territorio estadounidense o asegurar audiencias migratorias que cumplan con los estándares constitucionales.  

Sin embargo, actualmente, los afectados se encuentran dispersos entre Venezuela y países vecinos, lo que complica la logística y eleva los riesgos para quienes intentan salir del país. 

Durante la audiencia, el abogado de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés), Lee Gelernt, argumentó que aquellos que lograron llegar a un tercer país deberían tener derecho inmediato a regresar a Estados Unidos o, al menos, a presentar un recurso de habeas corpus.  

Para quienes permanecen en Venezuela, señaló que la vía más factible es iniciar el proceso mediante recursos escritos. Esto, dadas las limitaciones y la crisis institucional del país.  

Pero, en todo caso, su postura subraya que la responsabilidad de corregir la violación de derechos recae en el Gobierno estadounidense, no en los migrantes. 

La disputa legal por la deportación de 137 venezolanos enviados al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT) en El Salvador dio un giro decisivo con la orden de un juez federal que obliga a la administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, a facilitar su regreso a Estados Unidos o garantizarles audiencias migratorias adecuadas. 
Trump invocó la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para deportar a los venezolanos. / Archivo

¿POR QUÉ NO SE PROCEDIÓ IGUAL A COMO ÁBREGO GARCÍA?  

El juez también cuestionó al Departamento de Justicia sobre por qué los 137 venezolanos no deberían recibir el mismo trato que Kilmar Ábrego García. Se trata de un caso en el que la Corte Suprema ordenó el retorno del migrante a la condición previa a su deportación.  

El abogado gubernamental, Tiberius Davis, reconoció que, si el tribunal lo ordena, el Ejecutivo podría facilitar el regreso. Aunque calificó las audiencias remotas como la opción “peor” por razones legales y prácticas.  

Aun así, insistió en que la vía preferida por el Gobierno sería que los migrantes se presentaran en un puerto de entrada. O que contaran con documentos de viaje.

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