El Departamento del Tesoro de Estados Unidos confirmó a través de la «Pregunta Frecuente 1247», que empresas no estadounidenses podrán operar con petróleo, petroquímicos y minerales venezolanos sin arriesgarse a sanciones, siempre que cumplan las condiciones fijadas por el país norteamericano.
Asimismo, se aclaró bajo qué condiciones estas empresas y personas no estadounidenses pueden involucrarse en operaciones petroleras, petroquímicas y mineras con el país sudamericano.
Vale destacar que la guía, emitida por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), busca cerrar vacíos interpretativos y reforzar los mecanismos de control sobre las transacciones que involucran a la estatal Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y al sector extractivo venezolano.
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Según el texto oficial, las entidades extranjeras amparadas por las Licencias Generales 46B, 51A y 52 pueden operar sin exponerse a sanciones, siempre que cumplan estrictamente con una serie de requisitos.
Entre ellos destaca la obligación de canalizar cualquier pago destinado a personas bloqueadas a través de los «Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros», creados bajo la Orden Ejecutiva 14373 de 2026.
En tanto, la Ofac también prohíbe el uso de criptomonedas como el petro, los canjes de deuda y cualquier mecanismo financiero que pueda desviar recursos de los canales supervisados por Wahington.

¿QUIÉNES NO PUEDEN PARTICIPAR?
El documento subraya además una línea roja, al establecer que queda terminantemente vetada la participación de actores vinculados a Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o entidades controladas por China en estas operaciones.
Esta restricción no solo reafirma la estrategia estadounidense de aislar a sus adversarios, sino que también condiciona el mapa de potenciales socios comerciales para Venezuela, limitando el margen de maniobra del país en un sector históricamente dependiente de alianzas internacionales.
Por ende, la Ofac advierte que cualquier empresa no estadounidense que ignore estas condiciones y continúe realizando transacciones con Pdvsa o importando petróleo, productos petroquímicos o minerales venezolanos —incluido el oro— se expone a ser designada como entidad sancionada.
Es decir, quienes faciliten, encubran o se beneficien de operaciones que involucren a personas bloqueadas pueden enfrentar penalizaciones severas por complicidad en corrupción o por brindar apoyo material a actores sancionados.
Finalmente, el Departamento del Tesoro recordó que las licencias vigentes mantienen restricciones adicionales que no pueden ser flexibilizadas.
En particular, la Licencia General 52 prohíbe cualquier transacción relacionada con la emisión de bonos o deudas de Pdvsa, así como la ejecución de acuerdos de conciliación, embargos o procesos judiciales que busquen alterar los intereses de propiedad de personas sancionadas.

