Polémica en España: Justicia dice que no es delito llamar «secta destructiva» a los Testigos de Jehová

Luis Alfredo Ledezma
4 Min de Lectura
La Audiencia Provincial de Madrid dictaminó que llamar «secta destructiva» a los Testigos de Jehová no constituye delito, al considerar que dicha expresión está amparada por la libertad de expresión.  
La Asociación de Víctimas de los Testigos de Jehová no tendrá que disolverse, como pedía la agrupación religiosa / Archivo

La Audiencia Provincial de Madrid dictaminó que llamar «secta destructiva» a los Testigos de Jehová no constituye delito, al considerar que dicha expresión está amparada por la libertad de expresión.  

La controversial resolución, hecha pública este martes, cierra al menos de momento un litigio iniciado hace tres años, cuando la organización religiosa denunció a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (AEVTJ) por supuesta vulneración del derecho al honor.  

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Los denunciantes exigían 25.000 euros de indemnización y la eliminación total de la presencia pública de la asociación, desde su nombre hasta sus redes sociales y sitio web. 

Sin embargo, el tribunal madrileño ratificó el fallo emitido en 2023 por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz, que ya había dado prioridad a la libertad de expresión de los exmiembros agrupados en la AEVTJ.  

La Audiencia subrayó que la asociación no actúa con ánimo de difamar, sino de denunciar prácticas que sus integrantes aseguran haber sufrido dentro de la confesión 

Entre los testimonios recogidos en la sentencia figuran relatos de trastornos mentales, discriminación e incluso la obligación de encubrir delitos sexuales. 

Los magistrados destacan que existe un «evidente interés público» en conocer el funcionamiento interno de una confesión religiosa con «notorio arraigo» desde 2006.  

Ese interés, sumado al carácter testimonial de las denuncias, refuerza la protección constitucional de las expresiones utilizadas por la AEVTJ.  

Lo que se detalló, es que cerca de 70 personas declararon en el juicio celebrado en 2023, aportando documentos y experiencias que el tribunal considera relevantes para el debate social. 

La Audiencia Provincial de Madrid ratifica que se puede llamar a los Testigos de Jehová “secta destructiva” / Archivo

«INTROMISIÓN ILEGÍTIMA EN EL HONOR» 

Asimismo, la Audiencia reconoció, a diferencia del fallo previo, que sí existe una «intromisión ilegítima en el honor» de los Testigos de Jehová.  

Sin embargo, concluye que dicha intromisión queda igualmente amparada por la libertad de expresión e información, incluso cuando las palabras resulten «molestas o hirientes».  

Para los magistrados, la calificación de «secta destructiva» se enmarca dentro de un discurso crítico basado en vivencias reales y no en una campaña de desprestigio. 

¿QUÉ PUEDEN HACER LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ?  

Aunque la resolución fue emitida el lunes 20 de abril, el conflicto judicial podría no haber terminado. Los Testigos de Jehová disponen de 20 días hábiles para presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.  

Si este lo admitiera y fallara a favor de la AEVTJ, la organización religiosa todavía podría acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo, prolongando un caso que ya se ha convertido en un referente sobre los límites entre libertad de expresión y derecho al honor en España. 

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