Informe reveló el «riesgo considerable para los inversionistas» en la reforma a la Ley del Sector Eléctrico

Valentín Romero
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Informe reveló el "riesgo considerable para los inversionistas" en la reforma a la Ley del Sector Eléctrico
Foto: Cortesía

La reciente reforma de la Ley del Sector Eléctrico en Venezuela representa un primer paso positivo hacia la apertura del mercado energético; sin embargo, su implementación efectiva requerirá de profundas reformas adicionales, como lo advierte un riguroso informe de la firma Energy Intelligence.

El análisis técnico, difundido por el semanario Exclusivas Económicas, señala que, si bien el proyecto busca dinamizar el sistema, presenta graves ambigüedades.

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El texto legal “enfatiza la supervisión pública, la seguridad pública y la protección de los activos nacionales, pero presta menos atención a la protección de los inversionistas”, lo que podría frenar el flujo de capital privado necesario para rescatar el sistema eléctrico nacional, más allá del convenio firmado con GE Vernova.

EL PELIGRO DE LA REVERSIÓN DE ACTIVOS SIN COMPENSACIÓN

Uno de los puntos más críticos del proyecto de ley tiene que ver con la seguridad jurídica de las empresas. El informe explica que, si una concesión de electricidad se rescinde por cualquier motivo, todos los activos relacionados (infraestructura, subestaciones, cables, datos y terrenos) recaerán en el Estado venezolano sin ninguna compensación para el operador privado.

La única excepción ocurre cuando la concesión expira de forma natural al final de su plazo. Solo en ese escenario, el operador tendrá derecho al pago por el remanente no depreciado de las inversiones que hayan sido calificadas como «realizadas con prudencia».

“Dada la amplia discreción del Estado para rescindir concesiones, esto representa un riesgo considerable para los inversionistas, y sospechamos que pocos lo aceptarán”, alerta el documento técnico de Energy Intelligence.

PODERES DISCRECIONALES E INTERVENCIÓN MINISTERIAL

El marco regulatorio otorga amplias facultades discrecionales al Ministerio de Energía Eléctrica, permitiéndole realizar intervenciones tanto permanentes como preventivas en la operatividad de las empresas privadas.

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Estas intervenciones pueden activarse por cláusulas generales y ambiguas, lo que genera una enorme reticencia para ejecutar inversiones a largo plazo. Además, el proyecto de ley deja grandes vacíos legales, como las facultades de intervención del Ministerio que no están claramente sujetas a revisión judicial o administrativa; y tampoco se aclara si los inversionistas podrán recurrir al arbitraje internacional o mecanismos de resolución de controversias en caso de una rescisión indebida.

MULTAS SEVERAS Y CORRESPONSABILIDAD CON CORPOELEC

La reforma también introduce un esquema punitivo estricto. Establece multas anuales de hasta el 10% por dilación en la entrega de información al Gobierno en casos de reincidencia, y del 2% para las infracciones cometidas por primera vez.

Asimismo, la ley refuerza que los operadores privados tendrán los mismos deberes y obligaciones que debería cumplir Corpoelec. Esto incluye la obligación de compensar económicamente a los clientes por los daños causados por apagones o deficiencias en el servicio.

Para los inversionistas, esto se traduce en una exposición financiera directa y peligrosa, considerando el actual estado de deterioro del sistema eléctrico venezolano.

Finalmente, la normativa extiende la responsabilidad personal, civil y penal a los directores y funcionarios de las empresas eléctricas privadas, permitiendo al Ministerio iniciar investigaciones directas contra los miembros de las juntas directivas.

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