La reciente reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que modifica el artículo 65 para ampliar el Comité de Postulaciones Judiciales a 23 integrantes (12 de la sociedad civil y 11 parlamentarios), ha encendido el debate jurídico en Venezuela durante los últimos días.
Tres reconocidos especialistas, el analista político Aníbal Sánchez, el abogado defensor de derechos humanos Joel García y la constitucionalista Vestalia Tovar Medina, conversaron con Caraota Digital para evaluar el impacto real de esta medida sobre la independencia del Poder Judicial, coincidiendo en que la matemática no basta para erradicar el sesgo político.
LA «MAYORÍA CIVIL» DE 12 A 11: ARITMÉTICA VS. GARANTÍA CONSTITUCIONAL
Aunque la nueva norma otorgaría nominalmente un voto más a la sociedad civil frente a los miembros del parlamento, los analistas concuerdan en que este ajuste no asegura por completo la autonomía de la selección.
Aníbal Sánchez destacó que el Comité es un órgano asesor del Poder Judicial, de acuerdo al artículo 270 de la Constitución, y no una dependencia de la Asamblea Nacional.
En este sentido, sostuvo que la modificación es «un avance numérico, no una garantía constitucional de independencia».
Para el analista, la distorsión persiste porque la convocatoria y el primer filtro lo controla la Comisión Preliminar de 11 diputados: «Si el filtro de entrada lo controla la misma bancada, la mayoría civil puede ser civil solo en el papel».
Asimismo, señaló que es fundamental acabar con las designaciones políticas a dedo y centrarse en la meritocracia de los candidatos. «Un solo cambio al artículo 65 no trastoca ese andamiaje», recordó.
LEA TAMBIÉN: ADVIERTEN SOBRE SITUACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO: «SOLO EL 21% DE LAS TERMOELÉCTRICAS ESTÁN FUNCIONANDO»
Joel García coincide con Sánchez, en catalogar el cambio como un «avance aritmético pero insuficiente». Por lo tanto, advirtió sobre el riesgo en el mecanismo de selección: si la Asamblea Nacional escoge a los 12 representantes civiles mediante mayorías simples o criterios opacos, se corre el peligro de conformar «una sociedad civil cooptada o paralela».
Mientras que la abogada constitucionalista Vestalia Tovar Medina, considera la reforma como una necesidad urgente para devolver la participación protagónica a la ciudadanía, como lo establecen los artículos 2 y 3 de nuestra carta magna, además de devolver la credibilidad a la justicia venezolana.
«No solamente es la conformación de los magistrados que van a conformar el TSJ, sino que adicional a esto se busca que haya seguridad jurídica para todas aquellas personas que acuden ante los tribunales de instancia del país y que acuden ante las distintas salas del Tribunal Supremo de Justicia, porque si algo hay que estar consciente hoy por hoy es que hay una falta de credibilidad del sistema de justicia», explicó la jurista.
MEJORAS SALARIALES NECESARIAS
Por esta razón ve fundamental también mejorar los salarios de todo el sector judicial, para sanear un sistema viciado, debido a la precariedad en la remuneración que reciben en todas las escalas, y acabar con el retardo procesal, que es uno de los grandes males del sistema actual.
«De manera que cuando hablamos de esta autonomía, no solamente se trata de convocar a un Comité de Postulaciones integrado por 23 miembros. También se trata de ofrecer seguridad jurídica ante los tribunales y ante los jueces de la República. Jueces y funcionarios que, definitivamente, tienen remuneraciones muy bajas. Un secretario de tribunal, por ejemplo, cobra alrededor de 50 dólares mensuales, eso no puede ser», enfatizó
A eso agregó: «Por eso creo que una de las cosas que tiene que tener por norte el nuevo sistema de justicia (…) es la reivindicación de los beneficios socioeconómicos de todos los funcionarios del Poder Judicial. Esa es la única manera de acabar con el retardo procesal, las dilaciones indebidas, el tráfico de influencias y la corrupción, porque un secretario de tribunal, un juez, un funcionario de bajo nivel e incluso los alguaciles no pueden sostenerse económicamente con esos sueldos».
FALTA DE CREDIBILIDAD JURÍDICA
No obstante, la jurista apuesta a que haya independencia en las personas que constituyan el Comité de Postulaciones, aunque aclara que la falta de credibilidad jurídica y de garantías para los ciudadanos ha hecho que la gente no muestre interés por postularse a estos cargos a pesar de contar con las credenciales para hacerlo.
«La gente no quiere participar porque no hay garantía de que un ciudadano común o un abogado profesional del derecho que cumpla con los requisitos pueda ser postulado. Además, el Comité está integrado por 11 diputados y no sabemos efectivamente por quiénes vienen o cuáles son sus criterios», alertó.
Por lo tanto, considera que esto «pone en tela de juicio» la convocatoria que está haciendo actualmente el Comité de Postulaciones.
«Yo, por ejemplo, tengo todas las credenciales para optar a magistrada, pero no lo voy a hacer porque no tengo garantías de que ese Comité de Postulaciones sea realmente confiable», explicó.
BLINDAJE ANTI-CUOTAS: INCOMPATIBILIDADES Y MERITOCRACIA
Para evitar que los puestos de la sociedad civil se transformen en repartos partidistas encubiertos, Aníbal Sánchez señala que los requisitos de elegibilidad deben quedar fijados expresamente en la Ley Orgánica y no diferirse a reglamentos posteriores.
En este sentido, advirtió que quienes quieran componer el comité no debería haber sido funcionario público electo por votación popular ni haber ejercido cargos dentro de organizaciones partidistas, al menos en los últimos 5 años, algo en lo que coincide plenamente Joel García.
Pero Sánchez también advierte que no deben tener parentesco ni vínculo laboral reciente con magistrados, personas del tren Ejecutivo, Poder Ciudadano, CNE o directiva de la AN; así como tener una trayectoria verificable en Derecho, academia, gremio o derechos humanos; «no puede haber un ‘representante’ sin expediente».
Por su parte, Vestalia Tovar considera que los seleccionados por la sociedad civil para este comité tienen que ser personas apartadas de la ideología política, «porque cuando las instituciones se politizan no sirven, esa siempre ha sido mi teoría y mi criterio».
«Esperemos que estas personas que van a formar parte de este Comité, como sociedad civil y que serán nuestros representantes en esa comisión, sean realmente imparciales y puedan encaminar el proceso de postulación y de evaluación de forma transparente», señaló la abogada constitucionalista.
ERRADICACIÓN DE VICIOS INSTITUCIONALES
Más allá de cambiar rostros o reducir el número de magistrados en la Sala Plena, los consultados demandan transformaciones estructurales urgentes para recuperar la confianza del ciudadano y de los inversionistas extranjero.
Joel García subraya que más del 70% de los jueces de instancia son provisorios, lo que facilita la destitución discrecional como mecanismo de presión, por lo que considera que la solución pasa por celebrar concursos públicos para dotar a los jueces de estabilidad en el cargo y evitar su destitución discrecional.
Por lo tanto, ve necesario también reformar la Inspectoría General de Tribunales y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) del TSJ.
«Hay que transferir el régimen disciplinario y administrativo a órganos colegiados independientes con veeduría civil, limitando el uso del régimen sancionatorio como mecanismo de disciplinamiento político», aseguró.
Aníbal Sánchez coincide con García y advierte que quienes ocupen estos cargos no pueden ser designados por la AN a dedo, sino que deben «responder a mérito, evaluación y destitución reglada».
«También se necesita transparencia que se logra a través de una Sala Plena con actas públicas, sorteo o reglas objetivas para la asignación de causas, plazos de despacho medibles y publicación de sentencias. El retardo y el ‘reparto a dedo’ son el vicio cotidiano, no el de la foto», explicó el analista.
DESCONFIANZA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA
Asimismo, indicó que la gente no va a confiar en el poder judicial, así se cambien los 32 magistrados del TSJ, si siguen escogiendo cuotas partidistas y no a candidatos que tengan una carrera judicial real y hayan ascendido por concurso público. «Sin eso, un TSJ ‘nuevo’ sigue sentado sobre jueces provisorios y discrecionales».
«Se debe controlar o remover de los cargos con regla, no con amenaza. Esto se logra precisando la ‘falta grave’ del artículo 265: audiencia, expediente y dos tercios (de la AN). Así se evita que no exista ni impunidad de facto ni destitución como arma», sentenció.
Por su parte, Vestalia Tovar critica las dilaciones indebidas, como los recursos de revisión que pueden tardar hasta tres años en Sala Constitucional, y los desproporcionados costos procesales, mencionando que la publicación de edictos en juicios ordinarios puede superar los $1.500, afectando al ciudadano de a pie.
«Debe existir la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, pero, más allá de eso, debe aplicarse el principio de celeridad procesal. El sujeto de derecho acude a un tribunal en búsqueda de la solución de su conflicto y eso tiene que ocurrir de forma expedita como lo establece el artículo 26 de la Constitución», expuso Tovar.
En conclusión los tres juristas consideran que un voto adicional a favor de la sociedad civil en el Comité de Postulaciones sigue siendo una señal aislada.
Sin la eliminación de la provisionalidad de los jueces, la transparencia en los procesos de asignación de causas y un filtro riguroso de inhabilitación política temporal para los evaluadores, la reforma correrá el riesgo de ser un cambio formal sin impacto en la administración de justicia.

